Tuesday, March 19, 2013

Ley Núm. 45 de 25 de Febrero de 1998, según enmendada



Ley de Relaciones del Trabajo para el Servicio Público de Puerto Rico
Ley Núm. 45 de 25 de Febrero de 1998, según enmendada
(Contiene enmiendas incorporadas por las siguientes leyes: Ley Núm. 96 de 7 de Julio de 2001)

La Ley Núm. 130 de 8 de mayo de 1945, según enmendada, conocida como "Ley de Relaciones del Trabajo de Puerto Rico", concedió el derecho a organizar sindicatos y a negociar colectivamente a los trabajadores de las instrumentalidades corporativas del gobierno que se dedican o puedan dedicarse en el futuro a negocios lucrativos o a actividades que tengan por objeto un beneficio pecuniario.

En el año 1952, se dispuso en el Artículo II, Sección 17, de la Constitución del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, que: "Los trabajadores de empresas, negocios y patronos privados y de agencias o instrumentalidades corporativas de gobierno que funcionen como empresas o negocios privados tendrán el derecho a organizarse y a negociar colectivamente con sus patronos por mediación de representantes de su propia y libre selección para promover su bienestar".

 

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